Comenzó la veda antitabaco en la provincia de Buenos Aires

01/10/2009 | Desde el 16/09 pasado no se puede fumar en edificios estatales ni privados con acceso público y se establecen límites a bares y restaurantes.

Así lo establece el decreto 1626 firmado por el gobernador bonaerense, Daniel Scioli, publicado en el Boletín Oficial de la provincia, que, entre otras cosas, fija severas sanciones a quienes violen la norma.


Puntos clave

  • Se prohíbe el consumo de tabaco en todos los ámbitos estatales, lugares de trabajo, transportes públicos y espacios cerrados de acceso público del ámbito privado.

  • En los bares y restaurantes de más de cien metros cuadrados podrá habilitarse una zona para fumadores totalmente aislada y que no supere el 30 por ciento de la superficie del local. Tienen 120 días para adecuar las instalaciones.

  • Quedan exceptuados de la ley salas de bingo y casinos, además de clubes de fumadores, patios, terrazas y balcones.

  • Se prohíbe la publicidad en medios de comunicación provinciales y en la vía pública de productos elaborados con tabaco.

  • Queda claramente prohibido que las tabacaleras auspicien cualquier tipo de actividad deportiva, cultural o recreativa.

  • Las multas a los que infrinjan la ley van de 1250 pesos a 12.500 pesos para los responsables de lugares. También se prevén clausuras de hasta 30 días.

  • Por incumplir la prohibición de publicidad las multas van de 12.500 a 5.000.000 de pesos.